miércoles, 23 de marzo de 2016

Nuevos Límites Empleados en Relación de Dependencia - Ganancias y Bs. Personales




Les comunico que en el Boletín Oficial del día de hoy se ha publicado la Resolución General N° 3.839, relativa a: “Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas”..


¿Qué modifica?

Declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales

Se modifican los montos de rentas brutas percibidas a partir de los cuales los empleados, jubilados, pensionados y actores –que cobren sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores-están obligados a informar el detalle de sus bienes y el total de sus ingresos, gastos y deducciones.

- Si percibió rentas por más de $ 200.000 debe presentar DDJJ Informativa de Bienes Personales.  (Antes el límite eran $ 96.000).

- Si percibió rentas por más de $ 300.000 debe presentar DDJJ Informativa de Bienes Personales y Ganancias.  (Antes el límite eran $ 144.000).



Liquidación Final – Anual 

Se sustituye el F. 649 por la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” 

7 comentarios:

  1. Una consulta. Si antes presentaba ddjj informativas por estar alcanzado y ahora dejo de estarlo por la suba en los montos tengo que darme de baja de algo o simplemente no hago ddjj???? gracias!

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    1. Estimado, en ese caso, simplemente deja de presentar la DDJJ, dado que la DDJJ que surge de su obligación como empleado en relación de dependencia (por superar los parámetros de remuneración anual) es una DDJJ informativa, no implica alta en el impuesto. Diferente es el caso si presentaba Bs. Personales y de dicha DDJJ surgia saldo a pagar. Saludos cordiales

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  2. Hola, una consulta, presente la DDJJ de Ganancias dos veces en su secuencia como original, el unico dato que cambiaba de una a otra era que el total de ingresos de 4ta categoria no estaban gravados por iva (antes por error consigne que lo estaban), tendre algun invonveniente por duplicar la secuencia origial ? debo presentar una tercer declaracion con secuencia rectificativa ? Muchas gracias. Leonardo

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    1. Leonardo: Yo le sugeriría presentar la DDJJ rectificativa 1 con los datos definitivos y así quedarán reemplazadas estas 2 originales. Saludos

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    2. Muchas gracias por su respuesta. Saludos.

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  3. Buenas tardes, le hago una consulta. Al querer hacer una ddjj informativa de bienes personales para un jubilado no puedo ingresar su código de actividad (00007) ya que no se encuentra entre los códigos del siap y no se puede ingresar manualmente. Que se hace en esos casos??? Gracias!

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    1. Puede ponerle la actividad del empleador, luego en la DDJJ indica que corresponde a Jurada de Bienes Personales, deberá seleccionar la opción “Declaración Jurada de Bienes Personales únicamente (No presento declaración jurada de Ganancias Personas Físicas)”

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