lunes, 8 de mayo de 2017

Data Fiscal - F960 Cambios


Formulario N° 960/D “Data Fiscal”. Modificaciones



El nuevo formulario N° 960/D “Data Fiscal” incorporará las distintas formas de pago aceptadas por el ciudadano que lo exhibe.

La presente Resolución General, modifica los artículos 24, 26 y 26 de la Resolución General N° 1.415 estableciendo que:
  • Aquellos sujetos que realicen operaciones de ventas de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, que se encuentren obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares. Los mismos tendrá impresos los datos identificatorios del sujeto obligado a exhibirlo, las formas de pago aceptadas en el establecimiento y un código de respuesta rápida (QR).
  • Para obtener el Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” se deberá ingresar con Clave Fiscal al servicio “Formulario Nº 960/D” del sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).
  • Corresponderá exhibir un Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el “Sistema Registral” como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal. Su impresión” se efectuará sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a OCHENTA (80) gramos y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas y colores. Asimismo, en forma previa a la impresión del formulario, los obligados podrán visualizar la información que brindará el código de respuesta rápida (QR) ingresando con su “Clave Fiscal” al servicio denominado “Formulario Nº 960/D”. Los ciudadanos podrán reportar a esta Administración Federal las irregularidades que detecten ingresando al sitio web de esta Administración Federal http://www.afip.gob.ar/960.
  • Además se establece que los ciudadanos deberán exhibir el Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” a partir de la fecha en que les corresponda cumplir con la obligación de aceptar las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, conforme lo establecido por la Resolución General N° 3.997-E
  • A continuación se datallan los datos enunciativos del código de respuesta rápida (QR) que forma parte de la presente y el Formulario N° 960/D – “Data Fiscal” que se encontrará disponible en el sitio “web” institucional.
  • Anexo DATOS DEL CODIGO DE RESPUESTA RAPIDA (QR)
  • Los controles realizados al contribuyente consultado arrojaron los siguientes resultados:
Apellido y nombres, razón social o denominación - CUIT ................... o
Tiene la CUIT INACTIVA
Desarrolla las siguientes actividades:
Su domicilio fiscal se encuentra incompleto o está inválido
Está inscripto en el IVA o
Está exento en el IVA o
Es no alcanzado en el IVA
Tiene presentadas sus DDJJ de IVA o
No presentó todas sus DDJJ de IVA
Está por debajo del promedio de IVA que paga el sector económico al que pertenece
Está inscripto en el impuesto a las ganancias o
No está inscripto en el impuesto a las ganancias o
Está exento en el impuesto a las ganancias
Tiene presentadas sus DDJJ de ganancias o
No presentó todas sus DDJJ de ganancias
Es monotributista categoría: ................ obtiene ingresos de hasta $ ..............
Está al día con sus pagos de monotributo o adeuda pagos de monotributo
Ultimo pago de monotributo: Fecha ..../..../.... Monto: $ ..............
Cumplió con la presentación de la DDJJ informativa de monotributo o
No presentó su DDJJ informativa de monotributo
Tiene presentadas sus DDJJ como empleador o
No presentó todas sus DDJJ como empleador
Declara .............. Empleados en el período mm/aaaa
Está dado de baja en el Registro de Importadores/Exportadores o
Está suspendido en el Registro de Importadores/Exportadores
Tuvo ............... clausuras
Integra la Base de Facturas Apócrifas
Tuvo fiscalizaciones con ajustes
Tiene causas penales
Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite y/o
Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite paralizados
Está incluido en la Central de Deudores del BCRA
Tiene comprobantes autorizados por AFIP o
No tiene comprobantes autorizados por AFIP
Fecha de publicación: 08/05/2017
Referencia normativa: Resolución General 4037-E