lunes, 19 de diciembre de 2016

Empleados en Relación de Dependencia - SAC - Ganancias











Impuesto a las Ganancias. Sueldo Anual Complementario

Se incrementó en $ 15.000 el importe de la deducción especial aplicable a la segunda cuota del aguinaldo de 2016.

Con el objeto de instrumentar políticas económicas tendientes a mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores, se determinó incrementar en $ 15.000 el importe de la deducción especial aplicable al segundo Sueldo Anual Complementario del año 2016 que percibirán los trabajadores en relación de dependencia y jubilados con determinados niveles de ingresos.
La norma tendrá efectos exclusivamente para aquellos que obtengan rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de la referida norma, cuando la mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengada entre los meses de julio y diciembre del año 2016, no supere la suma de $ 55.000.
Finalmente, el importe de la deducción especial será aplicada conforme lo dispuesto por el tercer párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Tené en cuenta que el incremento de la deducción especial en $ 15.000 no generará en ningún caso una devolución de impuesto si no es hasta después del cobro de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del 2016.
Referencia NormativaDecreto 1253/2016
Fecha de publicación: 14/12/16
Fuente: Web AFIP

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