Deducciones computables.
Mediante la Resolución General 3.449, publicada en el Boletín Oficial del día 11/03/2013, se reglamenta el Decreto N° 244/2013 que modificó los importes de las deducciones en concepto de ganancias no imponible, cargas de familia y deducción especial.
En tal sentido se establece que los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General 2.437, sus modificaciones y complementarias, a los fines de la determinación de la retención dispuesta en la misma, deberán computar en cada mes calendario a partir del 1 de marzo de 2013, los importes que para cada caso se indican a continuación:
1) Ganancias no imponibles (Art. 23, inc. a): $1.296
2) Cargas de Familia (Art. 23, inc. b):
-Cónyuge: $1.440
-Hijo: $720
-Otras Cargas: $540
3) Deducción Especial (Art. 23, inc. c), (Art. 79, inc. e): $1.296
4) Deducción Especial (Art. 23, inc. c), (Art. 79, incs. a, b y c): $6.220,80
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