viernes, 2 de noviembre de 2012

AYUDA ESCOLAR - EXTENSION DE PLAZOS PARA PRESENTAR CERTIFICADOS

Ayuda Escolar 2012: La Anses extiende el plazo para presentar certificado.


Como hemos explicado en otros post, los trabajadores y jubilados que tengan hijos menores y hayan percibido esta asignación tienen tiempo hasta esa fecha para demostrar la asistencia al colegio.
De no hacerlo, el organismo previsional procederá al descuento del pago ya efectuado.

El plazo que ANSES estipulaba era el 31/10 pero ha informado que se extendió hasta el 28 de diciembre el plazo para presentar en cualquier delegación de atención del organismo previsional el certificado de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.
Todos los trabajadores, jubilados, pensionados, beneficiarios de ART y de la Prestación por Desempleo que la hayan percibido deberán completar y presentar, obligatoriamente, el formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial”.
De no hacerlo, el organismo descontará el pago ya efectuado por este concepto ya que 
como todos los años, la ANSES liquidó la Ayuda Escolar Anual de manera masiva entre los meses de febrero y abril.   De igual manera aquellos trabajadores y bene­ficiarios que no hayan per­cibido en forma anticipada esta asignación deberán presentar el formulario para percibir el pago.

Para obtenerlo, hay que ingresar en la página web de la ANSES, www.anses.gob.ar, sección Temas más consultados/Ayuda Escolar Anual. Una vez completo, se deberá solicitar un turno para su presentación en una delegación del organismo. Este turno también se podrá obtener desde la página web de la ANSES, comunicándose al 130 o a través de las Terminales de Autoconsulta Electrónica.

Importante: Para los alumnos que concurran a escuelas de verano (inician el ciclo lectivo en los meses de agosto o septiembre), el plazo de presentación del formulario se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2012.
En el caso de los trabajadores dependientes de organismos públicos, continuarán con el procedimiento vigente, debiendo presentar el certificado escolar o  de tratamiento de rehabilitación dentro de los 120 días, a partir de la fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio del tratamiento de rehabilitación correspondiente.

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