miércoles, 1 de junio de 2011

Esta publicación será util para aclarar el panorama a los trabajadores en relación de dependencia ya que existe la duda si deben presentar o no las Declaraciones de Ganancias y Bienes Personales 2010. Se suele creen que por no tener que abonar el impuesto, no deben realizar ninguna presentación, pero no es tan así.

Debemos tener en cuenta que:

Cuando hubieran percibido, en su conjunto, ganancias brutas anuales iguales o superiores a $96.000 ($7385 brutos por mes o más) tienen que declarar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Cuando hubieran obtenido durante el año fiscal ganancias brutas totales por un importe igual o superior a $144.000 ($11.075 brutos por mes o más), corresponde informar:
El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales y, el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Ambas declaraciones se pueden presentar hasta el 30 de junio, inclusive.

Normativa: RG AFIP 2437/2008

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