Antes del 31 de Diciembre debe acreditar Escolaridad...
Si ANSES liquida esta asignación en forma anticipada, es decir, con anterioridad a la presentación de la
documentación requerida, debe acreditar la escolaridad para confirmar ese pago anticipado, presentando
el formulario desde el inicio del ciclo lectivo / inicio de rehabilitación, hasta el 31 de diciembre de
cada año.
Si ANSES no liquida en forma anticipada esta asignación, podrá percibirla una vez presentada la
documentación requerida, con turno previo.
DOCUMENTACION A PRESENTAR
-SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, TITULAR DE LA PRESTACIÓN DE
ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO DE EMPRESAS INCORPORADAS A SUAF,
TRABAJADOR MONOTRIBUTISTA TITULAR DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO,
TITULAR DE UNA JUBILACIÓN O PENSIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL
ARGENTINO O DE LA PENSIÓN HONORÍFICA DE VETERANOS DE GUERRA DEL
ATLÁNTICO SUR, O TITULAR DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA
PROTECCIÓN SOCIAL:
Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación”.
-SI ES TITULAR DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL
cuyo hijo/hijo con discapacidad tenga entre 5 y 17 años, bastará con la presentación de la:
“Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación” o Formulario PS.1.47
“Asignación Universal – Salud, Educación y Declaración Jurada” que debe presentar
anualmente para cobrar el 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo o Hijo con
Discapacidad para Protección Social.
¿COMO DEBO PRESENTARLA?
El Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación” podrá
presentarlo:
PERSONALMENTE ANTE UNA OFICINA DE ANSES:
- Solicitar el formulario en ANSES o imprimirlo desde la página web.
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL
Ley N° 24.714
Actualizada a abril de 2016.
- Llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que complete los datos
correspondientes, lo firme y lo selle.
- Presentarlo en una oficina de ANSES, solicitando previamente un turno para “AYUDA
ESCOLAR ANUAL – PRESENTACIÓN FORMULARIO PS.2.68”, a través del Número
Gratuito 130 o www.anses.gob.ar
ON-LINE A TRAVÉS DE LA WEB DE ANSES:
- Ingresar en la sección Asignaciones Familiares / Ayuda Escolar Anual de la página web de
ANSES para acceder al formulario on line.
- Completar el formulario on line, descargarlo e imprimirlo.
- Llevarlo al establecimiento educativo o el instituto de rehabilitación para que complete los
datos correspondientes, lo firmen y lo sellen.
- Escanearlo y enviarlo a través de la aplicación “Acreditación de Escolaridad on line”, en la
web de ANSES.
También podrá presentarlo en las oficinas de ANSES solicitando un turno
previamente.
REQUISITOS
DEL TITULAR
-Ser trabajador en relación de dependencia o titular de una prestación de una Aseguradora
de Riesgos del Trabajo de empresas incorporadas a SUAF o trabajador monotributista o
titular de una Prestación por Desempleo, titular de una jubilación o pensión del Sistema
Integrado Previsional Argentino o de una Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del
Atlántico Sur o titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
-Tener derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o Hijo con Discapacidad o a la Asignación
Universal por Hijo y/o Hijo con Discapacidad para Protección Social, al menos en un mes,
entre los meses de enero a diciembre de cada año.
En el caso de los trabajadores
monotributistas de las categorías J, K y L sólo corresponde el cobro de la asignación por
ayuda escolar para hijo con discapacidad.
DEL HIJO
-Debe concurrir a Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados
(subvencionados o no), que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial, que estén
reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial, en los
cuales se imparta:
Educación Inicial (desde los 45 días de vida hasta los 5 años de edad)
Educación Primaria o Educación General Básica (EGB),
Educación Secundaria o Polimodal,
Educación Diferencial o Especial en establecimientos públicos o privados.
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL
Ley N° 24.714
Actualizada a abril de 2016
DEL HIJO CON DISCAPACIDAD
- Debe contar con autorización expresa de ANSES vigente, concurrir a los establecimientos y
niveles detallados en “DEL HIJO” o bien:
recibir Educación Diferencial o Especial impartida por maestros particulares que posean
matrícula o registro/legajo habilitante,
concurrir a Talleres Protegidos o Instituciones de Formación Laboral que ayuden al
desarrollo e inserción de la persona con discapacidad,
recibir rehabilitación en Establecimientos oficiales o privados.
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martes, 27 de diciembre de 2016
martes, 19 de abril de 2016
Monotributistas - Asignaciones Familiares
Les comparto las "Preguntas Frecuentes" publicadas por ANSES relativas al cobro de Asignaciones Familiares por parte de los Monotributistas que fueron anunciadas recientemente.
Espero puedan serles utiles.
jueves, 6 de diciembre de 2012
Asignaciones Familiares - Institutos de Enseñanza Privada.
Asignaciones familiares - Institutos de Enseñanza Privada - Montos - Actualización.
Se establece mediante la Resolucion (CGEP) 8/2012 que la liquidación de las asignaciones familiares del personal que se desempeña en los institutos privados de enseñanza incluidos en el artículo 2 de la ley 13047 (adscriptos a la enseñanza oficial, libres y establecimientos privados, de enseñanza en general) se asimilará en montos y condiciones para su percepción a lo dispuesto en la ley 24714 (ley de asignaciones familiares), con excepción de las asignaciones familiares del personal docente que integra las plantas orgánico funcionales de los establecimientos educativos de gestión privada reconocidos, que se asimilarán en montos y condiciones para su percepción a lo establecido por cada jurisdicción respecto del personal docente que se desempeña en la gestión estatal.
La presente resolución tendrá vigencia a partir del 13 de noviembre de 2012.
La presente resolución tendrá vigencia a partir del 13 de noviembre de 2012.
viernes, 2 de noviembre de 2012
AYUDA ESCOLAR - EXTENSION DE PLAZOS PARA PRESENTAR CERTIFICADOS
Ayuda Escolar 2012: La Anses extiende el plazo para presentar certificado.
Como hemos explicado en otros post, los trabajadores y jubilados que tengan hijos menores y hayan percibido esta asignación tienen tiempo hasta esa fecha para demostrar la asistencia al colegio.
De no hacerlo, el organismo previsional procederá al descuento del pago ya efectuado.
El plazo que ANSES estipulaba era el 31/10 pero ha informado que se extendió hasta el 28 de diciembre el plazo para presentar en cualquier delegación de atención del organismo previsional el certificado de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.
Todos los trabajadores, jubilados, pensionados, beneficiarios de ART y de la Prestación por Desempleo que la hayan percibido deberán completar y presentar, obligatoriamente, el formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial”.
De no hacerlo, el organismo descontará el pago ya efectuado por este concepto ya que
como todos los años, la ANSES liquidó la Ayuda Escolar Anual de manera masiva entre los meses de febrero y abril. De igual manera aquellos trabajadores y beneficiarios que no hayan percibido en forma anticipada esta asignación deberán presentar el formulario para percibir el pago.
Para obtenerlo, hay que ingresar en la página web de la ANSES, www.anses.gob.ar, sección Temas más consultados/Ayuda Escolar Anual. Una vez completo, se deberá solicitar un turno para su presentación en una delegación del organismo. Este turno también se podrá obtener desde la página web de la ANSES, comunicándose al 130 o a través de las Terminales de Autoconsulta Electrónica.
Como hemos explicado en otros post, los trabajadores y jubilados que tengan hijos menores y hayan percibido esta asignación tienen tiempo hasta esa fecha para demostrar la asistencia al colegio.
De no hacerlo, el organismo previsional procederá al descuento del pago ya efectuado.
El plazo que ANSES estipulaba era el 31/10 pero ha informado que se extendió hasta el 28 de diciembre el plazo para presentar en cualquier delegación de atención del organismo previsional el certificado de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.
Todos los trabajadores, jubilados, pensionados, beneficiarios de ART y de la Prestación por Desempleo que la hayan percibido deberán completar y presentar, obligatoriamente, el formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial”.
De no hacerlo, el organismo descontará el pago ya efectuado por este concepto ya que
como todos los años, la ANSES liquidó la Ayuda Escolar Anual de manera masiva entre los meses de febrero y abril. De igual manera aquellos trabajadores y beneficiarios que no hayan percibido en forma anticipada esta asignación deberán presentar el formulario para percibir el pago.
Para obtenerlo, hay que ingresar en la página web de la ANSES, www.anses.gob.ar, sección Temas más consultados/Ayuda Escolar Anual. Una vez completo, se deberá solicitar un turno para su presentación en una delegación del organismo. Este turno también se podrá obtener desde la página web de la ANSES, comunicándose al 130 o a través de las Terminales de Autoconsulta Electrónica.
Importante: Para los alumnos que concurran a escuelas de verano (inician el ciclo lectivo en los meses de agosto o septiembre), el plazo de presentación del formulario se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2012.
En el caso de los trabajadores dependientes de organismos públicos, continuarán con el procedimiento vigente, debiendo presentar el certificado escolar o de tratamiento de rehabilitación dentro de los 120 días, a partir de la fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio del tratamiento de rehabilitación correspondiente.
jueves, 13 de septiembre de 2012
ASIGNACIONES FAMILARES - MODIFICACIOES
ASIGNACIONES FAMILIARES
A traves del Decreto 1667, publicado hoy en el Boletin Oficial se modifican los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares o la cuantía de las mismas, determinando que se calcularán en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar.
El nuevo tope para la percepcion de Asignaciones Familiares,es que los ingresos del padre y la madre no pueden superar los $14.000 (hasta $7.000 por cada uno).
Además se producen los siguientes cambios:
- A partir de ayer, la Asignación Universal por Hijo y las Asignaciones Familiares aumentarán 25,9 %. El monto que perciben los trabajadores, los desempleados, los pasivos y los beneficiarios de asignaciones por embarazo pasará de $270 a $340.
- Las asginaciones para Hijo con Discapacidad pasarán de $1.080 a $1.200.
- Se crea un nuevo rango para quienes no percibían Asignaciones Familiares ni podían deducir la suma en el Impuesto a las Ganancias. De ese modo, quienes antes no percibían las asignaciones ni podían deducir del Impuesto a las Ganancias, ahora estarán cubiertos.
- Todos los grupos familiares del país recibirán un beneficio por hijo, ya sea recibiendo la asignación familiar o deduciendo del Impuesto a las Ganancias.
- Aquellos grupos familiares que perciban haberes brutos superiores a los $14.000, pueden deducir hasta $7.200 anuales por hijo.
viernes, 3 de agosto de 2012
¿Sabe usted...?
- ¿Que es el CODEM?
El CODEM es el Comprobante De Empadronamiento en la Obra Social. Es el certificado donde figura a qué Obra Social se están efectuando los aportes y a quienes tiene a cargo el titular del grupo familiar.
Este comprobante se puede obtener desde la sección Trámites en Línea de la página web de ANSES.
Click Aqui para consultar CODEM
-¿Que es el CUIL?
Es el Código Único de Identificación Laboral y está conformado por 2 números (20/23/24/27) delante del Número de documento y un número detrás que surge de un algoritmo.
Los aportes laborales quedan registrados en la base de ANSES bajo el número de CUIL de cada persona y durante toda la vida laboral de las personas. El SUIT tambien sirve para realizar el cambio de Obra Social, solicitar créditos personales, realizar trámites bancarios, o para la compra de un automóvil.
Click Aqui para consultar CUIL
-¿Que es el CUIT?
Es el Código Único de Identificación Tributaria, el mismo es una clave con que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) identifica a empresas, comercios y trabajadores autónomos.
El número en caso de las personas fisicas coincide con el CUIL, para las empresas suele empezar con (30/33)
Click Aqui para consultar CUIT
miércoles, 11 de julio de 2012
ANSES - Asignaciones Familiares
¿Que tipo de Asignaciones Familiares corresponden segun la etapa de vida?
¿Que Asignaciones corresponden para personas con discapacidad?
¿Que son las Asignaciones Familiares?
Les dejo un video ralizado por ANSES que lo explica de manera sencilla.
Les dejo un video ralizado por ANSES que lo explica de manera sencilla.
jueves, 8 de marzo de 2012
Asignacion por Ayuda Escolar 2012 - Cambios
A partir de este año, todos los beneficiarios que perciban la Ayuda Escolar Anual por parte de ANSES o les corresponda cobrarla deberán presentar un formulario para acreditar la escolaridad de los chicos. La presentacion podra hacerse hasta el 31 de octubre de cada año.
El titular deberá completarlo en línea e imprimirlo, asegurándose que el
código de barras se lea correctamente. Posteriormente, deberá llevarlo
al establecimiento educativo para que acredite la concurrencia de los
chicos al colegio y finalmente, habrá que presentarlo en las delegaciones
de ANSES.
Para la presentación del formulario completo en ANSES, los titulares
podrán solicitar un turno desde el sitio de Internet, www.anses.gob.ar.Si no se presentan hasta el 31 de octubre, o el 31 de diciembre en el caso de las escuelas de verano, el monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.
Para acceder al formulario pueden hacerlo desde aqui ...PS 2.68 - Acreditacion de Escolaridad
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