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martes, 27 de diciembre de 2016

Asignaciones Familiares - Ayuda Escolar

Antes del 31 de Diciembre debe acreditar Escolaridad...

Si ANSES liquida esta asignación en forma anticipada, es decir, con anterioridad a la presentación de la documentación requerida, debe acreditar la escolaridad para confirmar ese pago anticipado, presentando el formulario desde el inicio del ciclo lectivo / inicio de rehabilitación, hasta el 31 de diciembre de cada año. 

Si ANSES no liquida en forma anticipada esta asignación, podrá percibirla una vez presentada la documentación requerida, con turno previo. 

DOCUMENTACION A PRESENTAR

-SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, TITULAR DE LA PRESTACIÓN DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO DE EMPRESAS INCORPORADAS A SUAF, TRABAJADOR MONOTRIBUTISTA TITULAR DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, TITULAR DE UNA JUBILACIÓN O PENSIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO O DE LA PENSIÓN HONORÍFICA DE VETERANOS DE GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR, O TITULAR DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL: 

 Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación”. 

-SI ES TITULAR DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL cuyo hijo/hijo con discapacidad tenga entre 5 y 17 años, bastará con la presentación de la: 

 “Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación” o Formulario PS.1.47 “Asignación Universal – Salud, Educación y Declaración Jurada” que debe presentar anualmente para cobrar el 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo o Hijo con Discapacidad para Protección Social. 

¿COMO DEBO PRESENTARLA?

El Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación” podrá presentarlo: 

 PERSONALMENTE ANTE UNA OFICINA DE ANSES

- Solicitar el formulario en ANSES o imprimirlo desde la página web. ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL Ley N° 24.714 Actualizada a abril de 2016.
- Llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que complete los datos correspondientes, lo firme y lo selle.
- Presentarlo en una oficina de ANSES, solicitando previamente un turno para “AYUDA ESCOLAR ANUAL – PRESENTACIÓN FORMULARIO PS.2.68”, a través del Número Gratuito 130 o www.anses.gob.ar 

 ON-LINE A TRAVÉS DE LA WEB DE ANSES: 

- Ingresar en la sección Asignaciones Familiares / Ayuda Escolar Anual de la página web de ANSES para acceder al formulario on line.
- Completar el formulario on line, descargarlo e imprimirlo.
- Llevarlo al establecimiento educativo o el instituto de rehabilitación para que complete los datos correspondientes, lo firmen y lo sellen.
- Escanearlo y enviarlo a través de la aplicación “Acreditación de Escolaridad on line”, en la web de ANSES. 

También podrá presentarlo en las oficinas de ANSES solicitando un turno previamente. 

REQUISITOS

 DEL TITULAR

-Ser trabajador en relación de dependencia o titular de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo de empresas incorporadas a SUAF o trabajador monotributista o titular de una Prestación por Desempleo, titular de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino o de una Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

-Tener derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o Hijo con Discapacidad o a la Asignación Universal por Hijo y/o Hijo con Discapacidad para Protección Social, al menos en un mes, entre los meses de enero a diciembre de cada año. 

En el caso de los trabajadores monotributistas de las categorías J, K y L sólo corresponde el cobro de la asignación por ayuda escolar para hijo con discapacidad. 

 DEL HIJO 

-Debe concurrir a Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados (subvencionados o no), que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial, en los cuales se imparta:  Educación Inicial (desde los 45 días de vida hasta los 5 años de edad)  Educación Primaria o Educación General Básica (EGB),  Educación Secundaria o Polimodal,  Educación Diferencial o Especial en establecimientos públicos o privados. ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL Ley N° 24.714 Actualizada a abril de 2016 

 DEL HIJO CON DISCAPACIDAD

- Debe contar con autorización expresa de ANSES vigente, concurrir a los establecimientos y niveles detallados en “DEL HIJO” o bien:  recibir Educación Diferencial o Especial impartida por maestros particulares que posean matrícula o registro/legajo habilitante,  concurrir a Talleres Protegidos o Instituciones de Formación Laboral que ayuden al desarrollo e inserción de la persona con discapacidad,  recibir rehabilitación en Establecimientos oficiales o privados. 

martes, 19 de abril de 2016

Monotributistas - Asignaciones Familiares


Les comparto las "Preguntas Frecuentes" publicadas por ANSES relativas al cobro de Asignaciones Familiares por parte de los Monotributistas que fueron anunciadas recientemente.

Espero puedan serles utiles.


jueves, 6 de diciembre de 2012

Asignaciones Familiares - Institutos de Enseñanza Privada.

Asignaciones familiares - Institutos de Enseñanza Privada - Montos - Actualización.
Se establece mediante la Resolucion (CGEP) 8/2012 que la liquidación de las asignaciones familiares del personal que se desempeña en los institutos privados de enseñanza incluidos en el artículo 2 de la ley 13047 (adscriptos a la enseñanza oficial, libres y establecimientos privados, de enseñanza en general) se asimilará en montos y condiciones para su percepción a lo dispuesto en la ley 24714 (ley de asignaciones familiares), con excepción de las asignaciones familiares del personal docente que integra las plantas orgánico funcionales de los establecimientos educativos de gestión privada reconocidos, que se asimilarán en montos y condiciones para su percepción a lo establecido por cada jurisdicción respecto del personal docente que se desempeña en la gestión estatal.
La presente resolución tendrá vigencia a partir del 13 de noviembre de 2012.

viernes, 2 de noviembre de 2012

AYUDA ESCOLAR - EXTENSION DE PLAZOS PARA PRESENTAR CERTIFICADOS

Ayuda Escolar 2012: La Anses extiende el plazo para presentar certificado.


Como hemos explicado en otros post, los trabajadores y jubilados que tengan hijos menores y hayan percibido esta asignación tienen tiempo hasta esa fecha para demostrar la asistencia al colegio.
De no hacerlo, el organismo previsional procederá al descuento del pago ya efectuado.

El plazo que ANSES estipulaba era el 31/10 pero ha informado que se extendió hasta el 28 de diciembre el plazo para presentar en cualquier delegación de atención del organismo previsional el certificado de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.
Todos los trabajadores, jubilados, pensionados, beneficiarios de ART y de la Prestación por Desempleo que la hayan percibido deberán completar y presentar, obligatoriamente, el formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial”.
De no hacerlo, el organismo descontará el pago ya efectuado por este concepto ya que 
como todos los años, la ANSES liquidó la Ayuda Escolar Anual de manera masiva entre los meses de febrero y abril.   De igual manera aquellos trabajadores y bene­ficiarios que no hayan per­cibido en forma anticipada esta asignación deberán presentar el formulario para percibir el pago.

Para obtenerlo, hay que ingresar en la página web de la ANSES, www.anses.gob.ar, sección Temas más consultados/Ayuda Escolar Anual. Una vez completo, se deberá solicitar un turno para su presentación en una delegación del organismo. Este turno también se podrá obtener desde la página web de la ANSES, comunicándose al 130 o a través de las Terminales de Autoconsulta Electrónica.

Importante: Para los alumnos que concurran a escuelas de verano (inician el ciclo lectivo en los meses de agosto o septiembre), el plazo de presentación del formulario se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2012.
En el caso de los trabajadores dependientes de organismos públicos, continuarán con el procedimiento vigente, debiendo presentar el certificado escolar o  de tratamiento de rehabilitación dentro de los 120 días, a partir de la fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio del tratamiento de rehabilitación correspondiente.

jueves, 13 de septiembre de 2012

ASIGNACIONES FAMILARES - MODIFICACIOES

ASIGNACIONES FAMILIARES
 
A traves del Decreto 1667, publicado hoy en el Boletin Oficial se modifican los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares o la cuantía de las mismas, determinando que se calcularán en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar. 
El nuevo tope para la percepcion de Asignaciones Familiares,es que los ingresos del padre y la madre no pueden superar los $14.000 (hasta $7.000 por cada uno).
 
Además se producen los siguientes cambios:
 
- A partir de ayer, la Asignación Universal por Hijo y las Asignaciones Familiares aumentarán 25,9 %. El monto que perciben los trabajadores, los desempleados, los pasivos y los beneficiarios de asignaciones por embarazo pasará de $270 a $340.
 
- Las asginaciones para Hijo con Discapacidad pasarán de $1.080 a $1.200.
 
- Se crea un nuevo rango para quienes no percibían Asignaciones Familiares ni podían deducir la suma en el Impuesto a las Ganancias. De ese modo, quienes antes no percibían las asignaciones ni podían deducir del Impuesto a las Ganancias, ahora estarán cubiertos.
 
- Todos los grupos familiares del país recibirán un beneficio por hijo, ya sea recibiendo la asignación familiar o deduciendo del Impuesto a las Ganancias.
 
- Aquellos grupos familiares que perciban haberes brutos superiores a los $14.000, pueden deducir hasta $7.200 anuales por hijo.






miércoles, 11 de julio de 2012

ANSES - Asignaciones Familiares

¿Que tipo de Asignaciones Familiares corresponden segun la etapa de vida?


































¿Que Asignaciones corresponden para personas con discapacidad?










































¿Que son las Asignaciones Familiares?
Les dejo un video ralizado por ANSES que lo explica de manera sencilla.



jueves, 8 de marzo de 2012

Asignacion por Ayuda Escolar 2012 - Cambios



A partir de este año, todos los beneficiarios que perciban la Ayuda Escolar Anual por parte de ANSES o les corresponda cobrarla deberán presentar un formulario para acreditar la escolaridad de los chicos. La presentacion podra hacerse hasta el 31 de octubre de cada año.
El titular deberá completarlo en línea e imprimirlo, asegurándose que el código de barras se lea correctamente. Posteriormente, deberá llevarlo al establecimiento educativo para que acredite la concurrencia de los chicos al colegio y finalmente, habrá que presentarlo en las delegaciones de ANSES.
Para la presentación del formulario completo en ANSES, los titulares podrán solicitar un turno desde el sitio de Internet, www.anses.gob.ar.
Si no se presentan hasta el 31 de octubre, o el 31 de diciembre en el caso de las escuelas de verano, el monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.

Para acceder al formulario pueden hacerlo desde aqui ...PS 2.68 - Acreditacion de Escolaridad

miércoles, 28 de septiembre de 2011

Asignaciones Familiares - Montos

A partir de octubre 2011 se incrementan los montos de las asignaciones familiares que tengan derecho a percibir los empleados.
Las citadas asignaciones alcanzan a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, a los beneficiarios de la Prestación por Desempleo y del Sistema Integrado Previsional Argentino y a los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Asimismo, se incrementan las Asignaciones Universales para Protección Social.

Le expongo la tabla de montos que estarán vigentes a partir de Octubre 2011.

viernes, 9 de septiembre de 2011

Aumento de las Asignaciones Familiares

Las Asignaciones Familiares de los trabajadores se incrementaron en un 22,7%, y se modificaron los rangos de ingresos.


Los rangos y valores de las AAFF por hijo son las siguientes:
 • Los trabajadores que ganan hasta $2800 por mes cobrarán $270 por cada hijo y $1080 por cada hijo con discapacidad.


• Los trabajadores que ganan entre $2800 y $4000 por mes cobrarán $204 por cada hijo y $810 por cada hijo con discapacidad.


• Los trabajadores que ganan entre $4000 y $5200 por mes cobrarán $136 por cada hijo. En el caso del hijo con discapacidad, el monto es de $540 sin tope máximo.




En referencia a las Asignaciones Familiares debemos indicar que las mismas se depositarán  a los trabajadores de las empresas incorporadas al SUAF en la CBU informada por el Empleador a través del Programa de Simplificación Registral (PSR).


Si el empleador no hubiera informado una CBU se elegirá el Banco más cercano al domicilio que figura declarado en ANSES y si no hubiera declarado un domicilio en ANSES, se elegirá el Correo.

El trabajador puede conocer cuál fue el medio de pago asignado por ANSES, para ello presione en el siguiente link.