miércoles, 23 de diciembre de 2015

SIRADIG - F 572 Web - Plazo




Empleados en relación de dependencia 
- SiRADIG - 
vencimiento para actualizar información 








La información del período fiscal 2015 referente a los conceptos que el trabajador pretende deducir del Impuesto a las Ganancias, así como también la correspondiente a otros ingresos percibidos en caso de pluriempleo, deberá ser remitida mediante la utilización del Servicio Web “SiRADIG – Trabajador”, establecido por la Resolución General 3418/12, hasta el día 31 de enero del 2016 inclusive. 

7 comentarios:

  1. Buenos dias Dra.
    Soy empleado en relacion de dependencia y todos los meses mi empleador me retiene ganancias. En enero olvide presentar el F572 definitivo. Como tengo percepciones por compra de divisas no las quiero perder y me sujirieron lo siguiente:
    Inscribirme en ganancias, presentar la DDJJ luego hacer el reclamo por las percepciones y finalmente darme de baja en ganancias. Esto se puede hacer?
    Gracias.

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    1. Buenas noches Dra:
      Tengo exactamente la misma inquietud: soy jubilado, me retienen ganancias ¿cómo reclamo percepciones por compras en el exterior, si no presenté 572 web en Enero?
      El formulario 649, ¿tendría que solicitarlo en ANSES?
      Desde ya muchas gracias!

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    2. Si son percepciones del 2015, es el único camino posible. Saludos cordiales

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  2. Hola! Soy jubilado y presente F572 web por percepiones por compra de moneda extranjera y/o viaje al exterior. Consulte en la pagina de AFIP y mi empleador (Anses) lo leyo, pero a la fecha de hoy (22-julio 2016) no me han devuelto....estan atrasados con eso? Devuelven? o tengo que hacer otro tramite? Gracias Dra

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    1. En el F572 cargo compra de monenda extranjera de que año? 2015?

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    2. HOla! si compra de moneda extranjera del año 2015.... presento F.572 periodo fiscal 2015 antes del vto...gracias

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    3. El tema es que su agente de retención no devuelve propiamente dicho el impuesto, lo que hace es tomar esas deducciones personales para el calculo del impuesto, entonces habría que ver la situación porque quizás las tomo en cuenta y simplemente le retuvieron de menos. Es muy difícil que yo le pueda asegurar si lo tuvieron en cuenta o no por este medio, porque debería realizar el calculo. Saludos

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