Operaciones en moneda extranjera para gastos de turismo y/o compras al o en el exterior. Adelanto de impuestos
Le informamos que en el Boletín Oficial del día 03/12/2013 se ha publicado la Resolución General N° 3.550 (AFIP), relativa a: “Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Adelanto de Impuesto. Norma modificatoria”.
Mediante la aludida publicación se:
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Extiende la aplicación de la percepción (adelanto de impuesto) a las operaciones de adquisición de moneda extranjera –billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal. Asimismo resultan incluidas las transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a validación fiscal. | |||
Modifica la alícuota a aplicar del 20% al 35%. | ||||
Vigencia: La norma entra en vigencia a partir del día martes 3 de diciembre de 2013.
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