viernes, 4 de noviembre de 2011

IGJ - Declaracion Jurada


Descripción

A través de la Resolución General Nº 1/2010, la Inspección General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de actualización de datos a través de la presentación obligatoria de una Declaración Jurada. La iniciativa permitirá mejorar la fiscalización de las entidades inscriptas en el organismo, a la vez que posibilitará confrontar la información con la base de datos de la Inspección. De esta manera, se busca que las entidades estén al día con todas sus obligaciones legales y detectar a las entidades que sólo se constituyen con el objetivo de burlar la ley o perjudicar a los terceros. La normativa obliga a realizar la presentación a todas las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, sociedades binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.
Para su implementación, se fijó un cronograma gradual de presentación, que fue prorrogado a través de sucesivas resoluciones. Actualmente, se encuentra vigente el plazo de presentación para las SOCIEDADES COMERCIALES, las que tendrán tiempo hasta el próximo 30 de noviembre para enviar el aplicativo Web.
Se deberán consignar los datos de la sede social, autoridades y declarar el último estado contable presentado ante la IGJ, la última tasa abonada y el número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Frente al incumplimiento de las entidades se impondrán las sanciones legales correspondientes.


Importante:
  • No están comprendidas en la Resolución General N° 1/10 las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad a la vigencia de la norma (20/07/2010). Tampoco las sociedades de hecho deben cumplir con la presentación. 
  • El hecho que la sociedad no esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones, no obsta a la carga de presentar la DJ. Su presentación no suple las irregularidades mencionadas. Y su aprobación queda supeditada al cumplimiento de las obligaciones adeudadas.
  • En caso de estar pendiente de resolución un trámite mencionado en la DJ, deberá consignarse como "no inscripto" haciéndose referencia al Nº de trámite correspondiente.
  • Una vez presentada la DJ, los datos declarados son insusceptibles de rectificación.

Requisitos

1 - Requisitos generales

Formulario "K"
Debe generar y abonar este formulario de manera previa a la presentación de la Declaración Jurada. Se obtiene de la página Web del organismo. Puede acceder al mismo desde aquí.


Firma de la Declaración Jurada
La DJ debe ser suscripta por el presidente o representante legal de la entidad. Esta firma debe ser certificada ante escribano público.

2 - Forma de presentación

SOCIEDADES COMERCIALES
La declaración efectuada por el presidente o representante legal de la entidad deberá realizarse teniendo en cuenta:
  • Antes del próximo 30 de noviembre, deberán confeccionar y enviar el aplicativo web
  • Debe solicitar un turno en la página web para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. En cada turno se podrá presentar la documentación de diez sociedades como máximo.
  • En el turno asignado, se deberá concurrir al organismo con la documentación correspondiente.
ENTIDADES CIVILES Y SOCIEDADES EXTRANJERAS
A través de la Resolución General I.G.J. N° 2/2011, la IGJ dispuso los plazos definitivos de presentación de la DDJJ para asociaciones civiles y fundaciones, el 29 de julio, y para las sociedades extranjeras, el 30 de septiembre.
No obstante las intimaciones y sanciones dispuestas por la IGJ para aquellas que no presentaron el trámite, todas las entidades y sociedades que no cumplieron con la presentación de la DDDJJ deberán regularizar esta situación mediante su presentación. De lo contrario, se verán imposibilitadas de realizar cualquier trámite ante el organismo.


3 - Información solicitada


Entidad: nombre completo de la entidad.

Número correlativo: es el número con el cual la IGJ identifica a la entidad en cuestión.
Datos del presentante: Se considera presentante al Presidente o Representante legal (Apellido, Nombre y carácter).

Sede Social efectiva: deberá declararse la sede social efectiva detallando (calle, número, depto, piso, ciudad, código postal, datos registrales (Nº de inscripción, libro, tomo y fecha) o resolución en caso de entidades civiles. Debiendo especificar si se encuentran inscriptas o no.

Autoridades: deberán declararse las autoridades vigentes (apellido, nombre, domicilio especial, Documento de identidad, cargo, período del cargo), datos registrales (solo para sociedades comerciales y extranjeras -en soporte papel-) o Resolución en caso de entidades civiles (numero de resolución y fecha). Debiendo especificar si se encuentran inscriptas o no.


Presentación de estados contables: esta exigencia es para las Asociaciones Civiles y Fundaciones, Sociedades Comerciales (accionarias y SRL 299 LSC) y Sociedades extranjeras (art. 118 LSC), debiendo declarar el último estado contable presentado, fecha de presentación, fecha de cierre de su ejercicio y ejercicios adeudados.

Tasas adeudadas: se deberá indicar la última tasa abonada en caso de corresponder (sociedades por acciones y las del art. 299 LSC) acompañando el certificado de libre deuda que se solicita mediante la presentación de un Formulario "B".
C.U.I.T.: se deberá consignar la clave única de identificación tributaria.


Artículo 299 LSC: las sociedades deberán denunciar si se encuentran comprendidas en alguno de los supuestos del art. 299 LSC.


AclaracionesEn el caso que la sociedad no tenga inscriptas las autoridades actuales o adeude estados contables, podrá presentar la DDJJ detallando la situación. Ello no la exime de regularizar su situación frente al organismo.
Si adeuda tasas, se podrá realizar la presentación detallando las tasas que adeuda. No obstante, hasta que no regularice su situación, la presentación de DDJJ no quedará aprobada.
Opción número de legajo: es el nro. de trámite asignado a la presentación de asambleas y balances. Éste número es escrito a mano, por el agente de mesa de entradas, en el duplicado del formulario cuando se presenta el balance.
Opción datos registrales: deberán consignarse los datos que figuran en la plancha de inscripción, a saber, Nº de libro, tomo, Nº de registro y fecha de registro. 
 

Dónde se realiza

Formas de pago y horarios de atención
Público General:
Mesa de entradas IGJ. Paseo Colón 285 PB.
Únicamente en horario de 8:00 a 9:00 hs y de 14:30 a 17:30 hs.
Solo para Escribanos:
Mesa de entradas IGJ en Colegio Público de Escribanos, Las Heras 1833 EP. Únicamente en horario 9.30 a 14.00 hs.
Solo para matriculados en Consejo Profesional de Ciencias Económicas:
Mesa de entradas IGJ en C.P.C.E., Viamonte 1549 PB. Únicamente en horario 9.30 a 14.00 hs.


Para evitar demoras en la presentación, Ud. puede:
Abonar el formulario K a través de la Red Banelco tanto por cajeros automáticos como por la página web http://www.pagomiscuentas.com/. Si efectúa el pago por cajero debe seleccionar el rubro "Clubes y Asociaciones" y luego "Ente Cooperación IGJ". Si lo hace a través de Internet puede escribir "IGJ" en el buscador y la entidad aparecerá automáticamente. El código Banelco que debe consignar aparece en la parte superior del Formulario.
 

Consultas

Por e-mail a drnsdj@jus.gov.ar.
Telefónicamente al 4343-0211 / 1990.
  
En línea
Acceda al aplicativo para completar la Declaración Jurada de sociedades comerciales desde aquí.
Acceda a la plantilla para completar la Declaración Jurada de entidades civiles y sociedades extranjeras desde aquí.